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REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA — Consulta con Inteligencia Artificial

LexMex indexa el texto vigente completo de REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA, con fundamentación exacta artículo por artículo y citas literales del Diario Oficial de la Federación.

Información normada según las publicaciones oficiales del Diario Oficial de la Federación (DOF). No constituye asesoría jurídica vinculante.

También disponibles: Ley Federal del Trabajo — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley de Amparo — Consulta con Inteligencia Artificial · Código de Comercio — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley General de Sociedades Mercantiles — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley Federal de Protección de Datos Personales — Consulta con Inteligencia Artificial

Artículos destacados

Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1 1. Este Reglamento tiene por objeto regular: el estatuto de los senadores y las senadoras; el funcionamiento del Senado de la República y sus órganos; los procedimientos legislativos y especiales; así como los servicios parlamentarios, administrativos y técnicos. 2. Lo no previsto en el presente Reglamento se ajusta a las disposiciones complementarias aprobadas por el Pleno del Senado, a propuesta de los órganos competentes. 3. Los documentos y comunicaciones internas del Pleno, los órganos de gobierno, Comisiones, Comités, unidades administrativas y técnicas serán prefer…
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2 1. Para los efectos del presente Reglamento se entiende por: 1 de 120 REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA Comisiones unidas: es la modalidad de trabajo que se puede establecer para que dos o más comisiones participen en el análisis y dictamen de los asuntos que se presenten en el Senado de la República. Las comisiones que trabajen bajo esta modalidad podrán acordar, a través de sus respectivas Juntas Directivas, el método a aplicar para cumplir con el encargo que se les haga, sin que deba entenderse como una forma que obligue a coincidir de manera simultánea en un mismo lugar …
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3 1. La interpretación del Reglamento está a cargo de la Mesa; para ello puede consultar a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. 2. En caso de duda o controversia el Pleno determina lo conducente. 3. La interpretación del Reglamento se realiza conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, y con base en los principios generales de derecho.

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“¿Qué establece el artículo 1 de REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA?”
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