Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio nacional. Esta Ley reconoce, que en términos del Artículo 25 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo son integrantes del sector social de la economía, y tiene por objeto:
I.
Regular, promover y facilitar la captación de fondos o recursos monetarios y su colocación mediante préstamos, créditos u otras operaciones por parte de las Sociedades Cooperativas de
Ahorro y Préstamo con sus Socios;
II.
Regular, promover …
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2.- Para efectos de la presente Ley se entenderá por:
I.
Comisión: a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;
II.
Comité de Protección al Ahorro Cooperativo: al órgano del Fondo de Protección encargado de administrar la cuenta de seguro de depósitos de dicho fondo, que se constituya de conformidad con lo señalado en el Título Cuarto de esta Ley;
III. Comité de Supervisión Auxiliar: al órgano del Fondo de Protección encargado de ejercer la supervisión auxiliar de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo en términos de esta
Ley;
IV. Comité Técnico: al órgano re…
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3.- las palabras caja, caja popular, caja de ahorro, caja cooperativa, caja solidaria, caja comunitaria, caja rural, cooperativa financiera, cooperativa de ahorro y crédito, cooperativa de ahorro y préstamo u otras que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, no podrán ser usadas en el nombre, la denominación o razón social de personas morales y establecimientos distintos de las
Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
Se exceptúa de la aplicación de lo anterior, a las cajas de ahorro a que hace mención la legislación laboral, las cuales no están sujetas a las disposicione…