Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto promover el desarrollo económico nacional a través del fomento a la creación de micro, pequeñas y medianas empresas y el apoyo para su viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad. Asimismo incrementar su participación en los mercados, en un marco de crecientes encadenamientos productivos que generen mayor valor agregado nacional.
Lo anterior, con la finalidad de fomentar el empleo y el bienestar social y económico de todos los participantes en la micro, pequeña y mediana empresa.
La Ley es de observancia general en toda la República…
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2.- La autoridad encargada de la aplicación de esta Ley es la Secretaría de Economía quien, en el ámbito de su competencia, celebrará convenios para establecer los procedimientos de coordinación en materia de apoyo a la micro, pequeña y mediana empresa, entre las Autoridades Federales, Estatales,
Municipales y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para propiciar la planeación del desarrollo integral de cada Entidad Federativa, de los Municipios y las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México, en congruencia con la planeación nacional.
Párrafo reformado
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Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
I. Ley: La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa;
II. Secretaría: La Secretaría de Economía;
III. MIPYMES: Micro, pequeñas y medianas empresas, legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida por la Secretaría, de común acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público y publicada en el Diario Oficial de la Federación, partiendo de la siguiente:
Estratificación por Número de Trabajadores
Sector/Tamaño
Industria
Comercio
Servicios
Micro
0-10
0-10
0…