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Ley Orgánica de la Administración Pública Federal — Consulta con Inteligencia Artificial

LexMex indexa el texto vigente completo de Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con fundamentación exacta artículo por artículo y citas literales del Diario Oficial de la Federación.

Información normada según las publicaciones oficiales del Diario Oficial de la Federación (DOF). No constituye asesoría jurídica vinculante.

También disponibles: Ley Federal del Trabajo — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley de Amparo — Consulta con Inteligencia Artificial · Código de Comercio — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley General de Sociedades Mercantiles — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley Federal de Protección de Datos Personales — Consulta con Inteligencia Artificial

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Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1. La Armada de México es una institución militar nacional, de carácter permanente, cuya misión es emplear el poder naval de la Federación para la defensa exterior, proteger la soberanía de la Nación y sus intereses marítimos, mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas y coadyuvar en la seguridad interior del país, en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella derivan y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. CAPÍTULO II DE LAS ATRIBUCIONES
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2. Son atribuciones de la Armada de México, las siguientes: I. Organizar, adiestrar, alistar y equipar al personal naval, mantener y conservar las unidades e instalaciones navales que la constituyen para el cumplimiento de su misión y el ejercicio de sus atribuciones; II. Participar en la elaboración e implementación de las políticas de defensa que le instruya el Mando Supremo; III. Elaborar y mantener actualizada la Política Nacional de Defensa Marítima, que contemple el empleo del poder naval ante diversos escenarios que amenacen o afecten la Seguridad Nacional; IV. Coadyuvar p…
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3. La Armada de México ejerce sus atribuciones por sí o en conjunto con el Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional; en coadyuvancia con las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal, cuando así lo ordene el Mando Supremo y podrá coordinarse con otros órganos de gobierno que así lo requieran, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella derivan y los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte. TÍTULO SEGUNDO DE LA INTEGRACIÓN, NIVELES DE MANDO Y ORGANIZACIÓN CAPÍTULO I DE LA INTEGRACI…

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