Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social, de observancia general en toda la
República en materia turística, correspondiendo su aplicación en forma concurrente al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Turismo, y en el ámbito de sus respectivas competencias a las
Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como a los Estados, Municipios y la
Ciudad de México. La interpretación en el ámbito administrativo, corresponderá al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Turismo.
Párrafo reformado
La materia turística comprende los…
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto:
I. Establecer las bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre el Ejecutivo
Federal, Estados, Municipios y la Ciudad de México, así como la participación de los sectores social y privado;
Fracción reformada
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LEY GENERAL DE TURISMO
II. Establecer las bases para la política, planeación y programación en todo el territorio nacional de la actividad turística, bajo criterios de beneficio social, sustentabilidad, competitividad y desarrollo equilibrado de los Estados, Municipios y la Ciudad de México, a corto, mediano y la…
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:
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LEY GENERAL DE TURISMO
I. Actividades Turísticas: Las que realizan las personas durante sus viajes y estancias temporales en lugares distintos al de su entorno habitual, con fines de ocio y otros motivos;
II. Atlas Turístico de México: El registro sistemático de carácter público de todos los bienes, recursos naturales y culturales que puedan constituirse en atractivos turísticos nacionales, sitios de interés y en general todas aquellas zonas y áreas territoriales del desarrollo del turismo;
III. Comisión: La Comisión Ejecut…