Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1. La presente Ley es de orden público y de observancia general en toda la República, y tiene por objeto distribuir competencias entre los órdenes de gobierno para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores Públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2. Son objeto de la presente Ley:
I.
Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los Servidores Públicos;
II.
Establecer las Faltas administrativas graves y no graves de los Servidores Públicos, las sanciones aplicables a las mismas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto;
1 de 79
LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS
III.
Establecer las sanciones por la comisión de Faltas de particulares, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades …
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3. Para efectos de esta Ley se entenderá por:
I.
Auditoría Superior: La Auditoría Superior de la Federación;
II.
Autoridad investigadora: La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior de la Federación y las entidades de fiscalización superior de las entidades federativas, así como las unidades de responsabilidades de las Empresas productivas del Estado, encargada de la investigación de Faltas administrativas;
III.
Autoridad substanciadora: La autoridad en las Secretarías, los Órganos internos de control, la Auditoría Superior y sus ho…