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LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS — Consulta con Inteligencia Artificial

LexMex indexa el texto vigente completo de LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS, con fundamentación exacta artículo por artículo y citas literales del Diario Oficial de la Federación.

Información normada según las publicaciones oficiales del Diario Oficial de la Federación (DOF). No constituye asesoría jurídica vinculante.

También disponibles: Ley Federal del Trabajo — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley de Amparo — Consulta con Inteligencia Artificial · Código de Comercio — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley General de Sociedades Mercantiles — Consulta con Inteligencia Artificial · Ley Federal de Protección de Datos Personales — Consulta con Inteligencia Artificial

Artículos destacados

Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1. La presente Ley es de observancia general en toda la República, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto: I. Establecer las bases de coordinación de los gobiernos Federal, de las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México en materia de bibliotecas públicas; II. Definir las políticas de establecimiento, sostenimiento y organización de las bibliotecas públicas; III. Definir las normas básicas de funcionamiento de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas; IV. Proponer las directrices para la integración del Si…
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por: 1 de 13 LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS I. Biblioteca: Espacio dispuesto para la consulta de acervos de publicaciones impresas, digitales o virtuales, o una combinación de ellas, de carácter general o especializado, catalogados y clasificados en los términos de normas técnicas y administrativas aplicables. II. Biblioteca de México: Al conjunto de acervos y recursos que integran los repositorios de la Biblioteca de La Ciudadela José Vasconcelos, localizada en el inmueble de La Ciudadela, y la Biblioteca Vasconcelos, localiz…
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3. Se declara de interés público la integración, formación y preservación de bibliotecas, así como su apertura para consulta de los habitantes de la República.

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“¿Qué establece el artículo 1 de LEY GENERAL DE BIBLIOTECAS?”
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