Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la
República, sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.
Su aplicación administrativa corresponde al Ejecutivo Federal por conducto del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2.- Esta Ley tiene por objeto:
I.-
Proteger la propiedad industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención; registros de modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas y avisos comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de denominaciones de origen e indicaciones geográficas;
Las autoridades competentes deberán garantizar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, así como promover la participación efectiva de las mujeres en los procesos de creación, registro y ejercici…
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3.- En lo no previsto en la presente Ley serán aplicables de manera supletoria, primero, la
Ley Federal de Procedimiento Administrativo y, posteriormente, el Código Nacional de Procedimientos
Civiles y Familiares.
Artículo reformado