Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1. La presente Ley es de orden e interés público y tiene por objeto regular:
I.
El uso de la firma electrónica avanzada en los actos previstos en esta Ley y la expedición de certificados digitales a personas físicas;
II.
Los servicios relacionados con la firma electrónica avanzada, y
III.
La homologación de la firma electrónica avanzada con las firmas electrónicas avanzadas reguladas por otros ordenamientos legales, en los términos establecidos en esta Ley.
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
I.
Actos: las comunicaciones, trámites, servicios, actos jurídicos y administrativos, así como procedimientos administrativos en los cuales los particulares y los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y de las unidades administrativas de la Presidencia de la República, utilicen la firma electrónica avanzada;
Fracción reformada
II.
Actuaciones Electrónicas: las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitud de informes o documentos y, en su caso, l…
Artículo 3
Artículo 3
Artículo 3. Están sujetos a las disposiciones de la presente Ley:
I.
Las dependencias y entidades;
II.
Los servidores públicos de las dependencias y entidades que en la realización de los actos a que se refiere esta Ley utilicen la firma electrónica avanzada, y
III.
Los particulares, en los casos en que utilicen la firma electrónica avanzada en términos de esta
Ley.