Artículo 1
Artículo 1
Artículo 1o.- Esta Ley tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con las entidades federativas, así como con los municipios y demarcaciones territoriales, para establecer la participación que corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento.
Cuando en esta Ley se utilicen los términos entidades federativas o entidades, …
Artículo 2
Artículo 2
Artículo 2o.- El Fondo General de Participaciones se constituirá con el 20% de la recaudación federal participable que obtenga la federación en un ejercicio.
Párrafo reformado
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LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
La recaudación federal participable será la que obtenga la Federación por todos sus impuestos, así como por los derechos de minería, disminuidos con el total de las devoluciones por dichas contribuciones y excluyendo los conceptos que a continuación se relacionan:
Párrafo reformado
I.
El impuesto sobre la renta derivado de los contratos y asignaciones para la exploración y extra…
Artículo 2-A
Artículo 2-A
Artículo 2-A.- En el rendimiento de las contribuciones que a continuación se señalan, participarán los
Municipios, en la forma siguiente:
Párrafo reformado
I.- En la proporción de la recaudación federal participable en la forma siguiente:
Párrafo reformado
0.136% de la recaudación federal participable, a aquellos Municipios colindantes con la frontera o los litorales por los que se realicen materialmente la entrada al país o la salida de él de los bienes que se importen o exporten, siempre que la entidad federativa de que se trate celebre convenio con la Federación en materia de vigilanci…